{"id":326,"date":"2015-01-25T22:56:23","date_gmt":"2015-01-25T22:56:23","guid":{"rendered":"http:\/\/mascapaces.net\/?p=326"},"modified":"2015-09-27T15:20:15","modified_gmt":"2015-09-27T15:20:15","slug":"un-nuevo-marco-normativo-para-las-altas-capacidades-en-aragon-iii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/mascapaces.net\/?p=326","title":{"rendered":"Un nuevo marco normativo para las altas capacidades en Arag\u00f3n (III)"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Despu\u00e9s de un per\u00edodo de traves\u00eda por el desierto, motivado por cambios en el alojamiento de este blog, retomo la serie de entradas dedicadas a comentar la nueva normativa aragonesa que afecta a los alumnos con altas capacidades, que inici\u00e9 con el <a title=\"Parte (I)\" href=\"https:\/\/mascapaces.net\/?p=298\" target=\"_blank\">post (I)<\/a> y continu\u00e9 con el <a title=\"Partet (II)\" href=\"https:\/\/mascapaces.net\/?p=310\" target=\"_blank\">post (II)<\/a>. Y resumo los tres en una entrada en el <a title=\"Sin L\u00edmites. Primer vistazo a la normativa en Arag\u00f3n\" href=\"http:\/\/porencimadelamedia.es\/blog\/2015\/01\/primer-vistazo-a-la-nueva-normativa-de-altas-capacidades-en-aragon\/\" target=\"_blank\">blog de la Asociaci\u00f3n Sin L\u00edmites.<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para completar este primer vistazo general, vamos a hablar de las diferentes medidas de intervenci\u00f3n educativa que la <a title=\"Orden 30 de julio de 2014\" href=\"http:\/\/orientacion.educa.aragon.es\/admin\/admin_1\/file\/NORMATIVA%20desde%20DECRETO%20135_2014\/BOA%2005%2008%202014_medidas%20de%20intervenci%C3%B3n_%20pdf.pdf\" target=\"_blank\">Orden de 30 de julio de 2014 del Departamento de Educaci\u00f3n de Arag\u00f3n <\/a>plantea, acotadas a los alumnos con altas capacidades intelectuales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a title=\"Cuesti\u00f3n de grado\" href=\"http:\/\/www.javiertouron.es\/search?q=cuesti%C3%B3n+de+grado\" target=\"_blank\">Javier Tour\u00f3n <\/a>nos recuerda continuamente que las altas capacidades son una cuesti\u00f3n de grado, no de ser o no ser, de tener o no tener, a uno u otro lado de la frontera de un cociente intelectual o un percentil. Y esta Orden ha querido orientarse en esa misma direcci\u00f3n, al establecer una gradaci\u00f3n en la respuesta a estos alumnos, y en los requisitos que deben cumplir, de menor a mayor complejidad y\/o significatividad. Ha querido, pero como suele ocurrir con la normativa legal, se ha quedado a medio camino. La Orden distinguen dos grupos, medidas generales y espec\u00edficas, y dentro de este \u00faltimo las subdivide en espec\u00edficas b\u00e1sicas y espec\u00edficas extraordinarias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el punto m\u00e1s bajo nos encontramos <span style=\"color: #ff0000;\"><span style=\"color: #000000;\">las<\/span> medidas generales (Art\u00edculo 10), <\/span>sugeridas para ser puestas en pr\u00e1ctica sin necesidad de que los alumnos est\u00e9n previamente identificados. Son \u00fatiles como un primer frente, una soluci\u00f3n de choque o emergencia, antes de que se haya puesto en marcha la maquinaria de la evaluaci\u00f3n psicopedag\u00f3gica; pero sobre todo, una soluci\u00f3n abierta a la participaci\u00f3n del mayor n\u00famero posible de alumnos de un centro escolar ordinario. De entre las opciones que se listan en la Orden, se observan algunas muy apropiadas para la atenci\u00f3n a los diferentes perfiles de altas capacidades:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Medidas generales:<\/strong><\/span><br \/>\n&#8211; La <strong>detecci\u00f3n temprana<\/strong> y la <strong>intervenci\u00f3n inmediata<\/strong> con el alumnado (&#8230;) que presente altas capacidades intelectuales, especialmente en los primeros niveles educativos.- <strong>Adaptaciones curriculares no significativas temporales y de car\u00e1cter individual<\/strong>, que suponen la realizaci\u00f3n de modificaciones en cualquier elemento de la programaci\u00f3n, sin que ello suponga cambios en los criterios de evaluaci\u00f3n correspondientes al ciclo o nivel en el que el alumno est\u00e1 escolarizado.<br \/>\n&#8211;<strong>Proyectos de enriquecimiento y de profundizaci\u00f3n curricular<\/strong> que promuevan el desarrollo de capacidades, talentos y la excelencia en el aprendizaje.<br \/>\n&#8211;<strong>Organizaci\u00f3n de medidas extraescolares de enriquecimiento y de profundizaci\u00f3n<\/strong> que promuevan el desarrollo de capacidades, talentos y la excelencia en el aprendizaje.<\/p>\n<p>Aunque le dedicar\u00e9 una entrada a cada una de estas propuestas, adelanto que no soy partidario de la participaci\u00f3n en actividades extraescolares promovidas por un centro educativo o un Departamento de Educaci\u00f3n si no se han llevado a cabo antes medidas en horario escolar, sobre todo si el alumno est\u00e1 escolarizado en alg\u00fan nivel del sistema obligatorio. Hay un peligro real de que las actividades extraescolares sean la excusa perfecta para que en clase se siga objetando de la atenci\u00f3n a los m\u00e1s capaces.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En un punto intermedio el <span style=\"color: #ff0000;\">art\u00edculo 11<\/span> hace menci\u00f3n a las <span style=\"color: #ff0000;\">medidas espec\u00edficas \u00abb\u00e1sicas\u00bb<\/span>. Los alumnos a los que van dirigidas deben haber sido identificados previamente por sus altas capacidades. Huelga decir que sigue habiendo una resistencia atroz por parte de las Administraciones Educativas a soltar el monopolio de la decisi\u00f3n sobre qui\u00e9n dispone de altas capacidades y qui\u00e9n no, al margen de la decisi\u00f3n sobre cu\u00e1les son sus necesidades educativas que es sobre lo que se deber\u00edan centrar. Pero los criterios de alta capacidad tal y como vienen definidos en el anexo de la misma Orden no deber\u00edan ser obst\u00e1culo para respetar las identificaciones que fuesen llevadas a cabo por personal especializado externo (psic\u00f3logos cl\u00ednicos o sanitarios, psiquiatras, psicopedagogos,&#8230;especializados en altas capacidades). Se ganar\u00eda tiempo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En cualquier caso este grupo intermedio de medidas no s\u00f3lo se caracteriza porque los alumnos deban disponer de alg\u00fan perfil de altas capacidades, sino tambi\u00e9n porque NO es necesaria ninguna autorizaci\u00f3n administrativa posterior, ni revisi\u00f3n por parte de la Inspecci\u00f3n educativa o de \u00f3rganos de direcci\u00f3n del Departamento de Educaci\u00f3n. Es decir, el orientador y los centros educativos tienen autonom\u00eda para llevar a la pr\u00e1ctica estas medidas. \u00bfCu\u00e1les son?. En esencia:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Medidas espec\u00edficas b\u00e1sicas:<\/strong><\/span><br \/>\n&#8211; <strong>Programaci\u00f3n did\u00e1ctica diferenciada.<\/strong> Es la gran novedad. La Orden la define como una programaci\u00f3n que permite la realizaci\u00f3n sistem\u00e1tica de adaptaciones a partir de la <em>programaci\u00f3n del grupo-clase<\/em> para <em>enriquecer, profundizar, ampliar y <strong>condensar<\/strong>,<\/em> sin que ello suponga cambios en los criterios de evaluaci\u00f3n correspondientes al ciclo o nivel en el que el alumno est\u00e1 escolarizado. Esta programaci\u00f3n forma parte de la programaci\u00f3n del grupo-clase. Es de especial importancia que se haya incluido en la definici\u00f3n el t\u00e9rmino \u00abcondensaci\u00f3n\u00bb. Es fundamental. Sin condensaci\u00f3n no hay adaptaci\u00f3n, ampliaci\u00f3n, programaci\u00f3n que valga para un alumno con altas capacidades intelectuales. Pero no me quiero extender ahora. Es tan importante este punto que le dedicar\u00e9 una entrada en exclusiva. A\u00fan as\u00ed citar\u00e9 una de las posibilidades que ofrece esta programaci\u00f3n diferenciada: que un alumno en la etapa secundaria (obligatoria o bachillerato) pueda cursar otras materias del mismo nivel en funci\u00f3n de la regulaci\u00f3n de la oferta educativa y, en su caso, de la oferta del centro docente.<br \/>\n&#8211; <strong>Adaptaciones curriculares no significativas de forma prolongada<\/strong> y que incorporan aspectos directamente relacionados con la diversidad funcional que manifiesta el alumno. Estas adaptaciones tambi\u00e9n forman parte de la programaci\u00f3n del grupo-clase. \u00bfQu\u00e9 diferencia pr\u00e1ctica habr\u00eda entre una y otra? A mi juicio, ninguna. Pero dado que la norma se refiere a todo tipo de alumnos con necesidades espec\u00edficas de apoyo educativo, y que la programaci\u00f3n diferenciada se define muy centrada en los m\u00e1s capaces, esta segunda queda como una especie de caj\u00f3n desastre, para toda aquella adaptaci\u00f3n que no encaje en la programaci\u00f3n diferenciada (y va a ser dif\u00edcil encontrar algo que no encaje).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Finalmente un tercer grupo constituyen el bloque conocido como <span style=\"color: #ff0000;\">medidas espec\u00edficas extraordinarias (art\u00edculo 12)<\/span>. Est\u00e1n destinadas a los alumnos con un mayor grado de necesidad espec\u00edfica; los m\u00e1s avanzados, con perfiles m\u00e1s complejos y amplios; y que en cualquier caso deben disponer de un perfil de altas capacidades y a la vez de un rendimiento acad\u00e9mico superior en las \u00e1reas curriculares objeto de la propuesta, que no es otra que una aceleraci\u00f3n, parcial o total. Otro requisito que deben cumplir es que no se prevean dificultades de adaptaci\u00f3n social o repercusi\u00f3n negativa en la estabilidad emocional del alumno (f\u00e1cil de cumplir esta \u00faltima, pues la inadaptaci\u00f3n social o la inestabilidad emocional de este tipo de alumnos se produce generalmente por no ser atendidas sus necesidades educativas espec\u00edficas). Y adem\u00e1s de esto, las medidas extraordinarias requieren de informe de la Inspecci\u00f3n y de\u00a0 una autorizaci\u00f3n administrativa. Las medidas propuestas son:<\/p>\n<div id=\"attachment_327\" style=\"width: 245px\" class=\"wp-caption alignleft\"><a href=\"https:\/\/mascapaces.net\/wp-content\/uploads\/2015\/01\/ScreenHunter_171-Jan.-25-23.45.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-327\" class=\"wp-image-327 size-medium\" src=\"https:\/\/mascapaces.net\/wp-content\/uploads\/2015\/01\/ScreenHunter_171-Jan.-25-23.45-235x300.jpg\" alt=\"Flexibilizaci\u00f3n: una penosa carrera\" width=\"235\" height=\"300\" srcset=\"https:\/\/mascapaces.net\/wp-content\/uploads\/2015\/01\/ScreenHunter_171-Jan.-25-23.45-235x300.jpg 235w, https:\/\/mascapaces.net\/wp-content\/uploads\/2015\/01\/ScreenHunter_171-Jan.-25-23.45.jpg 301w\" sizes=\"auto, (max-width: 235px) 100vw, 235px\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-327\" class=\"wp-caption-text\">Flexibilizaci\u00f3n: una penosa carrera<\/p><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Medidas espec\u00edficas extraordinarias:<\/strong><\/span><br \/>\n&#8211; <strong>Aceleraci\u00f3n parcial del curr\u00edculo (art\u00edculo 18):<\/strong> implica la evaluaci\u00f3n del alumno con referencia a los criterios del nivel educativo superior al que est\u00e1 escolarizado, referidos a las \u00e1reas o materias objeto de aceleraci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; <strong>Flexibilidad del per\u00edodo de permanencia en los diversos niveles, etapas y grados (art\u00edculo 19)<\/strong>: supone la incorporaci\u00f3n del alumno a un nivel superior al que le corresponda por su edad, no consider\u00e1ndose\u00a0 como requisito previo que se haya solicitado la aceleraci\u00f3n parcial del curr\u00edculo. Sin embargo, se plantea entre los requisitos un obst\u00e1culo adicional, que en mi opini\u00f3n es totalmente absurdo: la necesidad de que con el alumno con car\u00e1cter previo, se haya llevado a cabo durante, al menos un curso escolar, la medida espec\u00edfica b\u00e1sica de programaci\u00f3n diferenciada. \u00bfPor qu\u00e9? No encuentro una explicaci\u00f3n l\u00f3gica.<br \/>\n\u00bfSe imaginan ustedes a un joven atleta en un programa de alto rendimiento, entrenando para el salto de altura con un objetivo de pasar los 1,70 metros, cuando con facilidad est\u00e1 saltando 1,80? \u00bfQu\u00e9 sentido tiene?. Seguimos con el pie cambiado.<br \/>\nQue las altas capacidades sean una cuesti\u00f3n de grado <strong>NO<\/strong> quiere decir que en el momento en que sean identificados, <strong>TODOS<\/strong> los alumnos deban realizar un <em>Via Crucis<\/em> desde el punto de menor significatividad (medidas generales) al de mayor significatividad (adelanto de curso). No. Se plantea una gradaci\u00f3n de medidas, un cat\u00e1logo de soluciones ordenadas secuencialmente, una gama de tallaje. Y cada alumno, seg\u00fan su perfil y condiciones, deber\u00e1 comenzar en el punto de la l\u00ednea secuencial que m\u00e1s se ajuste a sus necesidades. Unos comenzar\u00e1n en un punto m\u00e1s bajo, otros en alg\u00fan punto intermedio, y algunos en los hitos m\u00e1s avanzados. Independientemente de su edad o adscripci\u00f3n a un determinado nivel escolar. Resultar\u00eda absurdo calzar o vestir a nuestros hijos con la misma medida de zapatos o ropa a una determinada edad. \u00bfQu\u00e9 pasar\u00eda si nos pusi\u00e9semos un zapato una talla m\u00e1s peque\u00f1a de la que nos corresponde y nos oblig\u00e1semos a caminar con ellos durante \u00abal menos\u00bb un a\u00f1o? Que acabar\u00edamos en el pod\u00f3logo, &#8230; o en urgencias.\u00a0 \u00bfQu\u00e9 le pasar\u00e1 a un menor de edad que necesita adelantar cursos, y se le obliga a permanecer al menos un a\u00f1o con una programaci\u00f3n diferenciada sin aceleraci\u00f3n? Que los administradores educativos \u00abse preocupen\u00bb por la adaptaci\u00f3n social y la estabilidad emocional de los menores, y a la vez pongan obst\u00e1culos a la satisfacci\u00f3n de sus necesidades educativas, corriendo el riesgo de provocar un problema de salud mental, es cuando menos surrealista y contradictorio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En otras entradas me dedicar\u00e9 a analizar con m\u00e1s profundidad y por separado cada una de estas medidas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Despu\u00e9s de un per\u00edodo de traves\u00eda por el desierto, motivado por cambios en el alojamiento de este blog, retomo la serie de entradas dedicadas a comentar la nueva normativa aragonesa que afecta a los alumnos con altas capacidades, que inici\u00e9 &hellip; <a href=\"https:\/\/mascapaces.net\/?p=326\">Sigue leyendo <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"enabled":false},"version":2}},"categories":[3,28],"tags":[13,30,33,38],"class_list":["post-326","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-opiniones","category-legislacion","tag-altas-capacidades","tag-condensacion","tag-legislacion","tag-opinion"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/p9WILI-5g","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/mascapaces.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/326","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/mascapaces.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/mascapaces.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascapaces.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascapaces.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=326"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/mascapaces.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/326\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":332,"href":"https:\/\/mascapaces.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/326\/revisions\/332"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/mascapaces.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=326"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/mascapaces.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=326"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/mascapaces.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=326"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}