{"id":347,"date":"2015-06-18T22:46:40","date_gmt":"2015-06-18T22:46:40","guid":{"rendered":"http:\/\/mascapaces.net\/?p=347"},"modified":"2015-09-27T15:17:17","modified_gmt":"2015-09-27T15:17:17","slug":"otra-ocasion-perdida","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/mascapaces.net\/?p=347","title":{"rendered":"Otra ocasi\u00f3n perdida"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">QU\u00c9 DEBER\u00cdAN TENER EN CUENTA LAS NORMATIVAS SOBRE ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES (I)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">INTRODUCCI\u00d3N: OTRA OCASI\u00d3N PERDIDA.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde el pasado lunes 15 de junio se ha levantado un aut\u00e9ntico clamor entre los padres de ni\u00f1os y j\u00f3venes con altas capacidades y entre un buen n\u00famero de expertos en esta material, contra la <a title=\"Orden 1493\/2015\" href=\"http:\/\/www.bocm.es\/boletin\/CM_Orden_BOCM\/2015\/06\/15\/BOCM-20150615-12.PDF\" target=\"_blank\">Orden 1493\/2015 de la Consejer\u00eda de Educaci\u00f3n de la Comunidad de Madrid por la que se regula la evaluaci\u00f3n y la promoci\u00f3n de los alumnos con necesidad espec\u00edfica de apoyo educativo<\/a>. Una reacci\u00f3n parecida a la \u00faltima gota que colma el vaso y provoca el derrame. La paciencia se ha agotado. Las razones son variadas, y enmascaran unos pocos aspectos que podr\u00edan ser v\u00e1lidos, pero que en la pr\u00e1ctica se quedan absolutamente en nada.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Entre estos <strong>pocos aspectos a mi juicio positivos<\/strong>, la apuesta por la <strong>desaparici\u00f3n del t\u00e9rmino diagnostico<\/strong> cuando se habla de identificar a los alumnos con altas capacidades. Algo que aun siendo obvio, sigue utiliz\u00e1ndose con absoluta frivolidad. Una persona con altas capacidades no es una persona con un sindrome o una enfermedad mental. La medida de la inteligencia (indirecta, hay que recordarlo) no es m\u00e1s que un proceso de inferencias a partir de conductas observables sobre la capacidad de resolver problemas o de adaptarse a situaciones del entorno. Sondear la inteligencia de una persona con pruebas psicom\u00e9tricas baremadas no es realizar una anal\u00edtica de sangre o un cultivo v\u00edrico o bacteriano; no es aplicar un electroencefalograma o una resonancia magnetica nuclear. No podemos obtener informaci\u00f3n directa. Y adem\u00e1s, en el caso del nivel intelectual, disponer de una rapidez superior a la media en el procesamiento de informaci\u00f3n, no es causa o efecto de una enfermedad. Una persona, tenga altas capacidades o no, puede enfermar cuando se le maltrata psicol\u00f3gicamente. Pero la raz\u00f3n de su enfermedad sera el maltrato, no el que disponga de altas capacidades. Algunas personas con altas capacidades sufren o padecen a la vez alg\u00fan tipo de sindrome, problema ps\u00edquico o f\u00edsico, handicaps de alg\u00fan tipo, que requieren un tratamiento psicol\u00f3gico o psiqui\u00e1trico espec\u00edfico. Se les conoce en el mundo anglosaj\u00f3n como personas <em>\u201cdoblemente excepcionales\u201d<\/em> (como si las altas capacidades fueran algo excepcional, cosa con la que discrepo). Pero la raz\u00f3n de este tratamiento no est\u00e1 en sus altas capacidades, sino en ese problema o diferencia que coexiste de forma paralela. Buena prueba de lo que estoy diciendo es que <strong>cuando un centro educativo responde adecuadamente a las necesidades educativas de un alumno con altas capacidades, cuando sus tareas escolares se condensan, cuando acelera en las asignaturas que domina, cuando participa en grupos temporales homog\u00e9neos, cuando participa en actividades de simulaci\u00f3n, experimentaci\u00f3n, aprendizaje cooperativo, proyectos, cuando adelanta de curso, est\u00e1 contento, integrado en la din\u00e1mica escolar, sin necesidad de terapias ni tratamientos.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Diagn\u00f3stico es un t\u00e9rmino medico, que nuestro diccionario de la RAE define sin ning\u00fan tipo de dudas: es el <em>\u00abarte o acto de conocer la naturaleza de una enfermedad mediante la observaci\u00f3n de sus s\u00edntomas y signos.\u201d<\/em> E incluye esta otra definici\u00f3n: <em>\u201cCalificaci\u00f3n que da el m\u00e9dico a la enfermedad seg\u00fan los signos que advierte.\u201d<\/em> Es un t\u00e9rmino que deriva del vocablo diagnosis: <em>\u201cconocimiento diferencial de los signos de las enfermedades\u201d<\/em>. Diagnostican los medicos, y en el caso de las enfermedades mentales, los psiquiatras y los psic\u00f3logos cl\u00ednicos (clinico: perteneciente o relativo a la cl\u00ednica o ense\u00f1anza pr\u00e1ctica de la medicina).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por eso hacen bien las administraciones educativas en evitar referirse a diagn\u00f3sticos, pues son competencia del mundo sanitario. Y m\u00e1s en el caso de algo tan claro como es <em>\u201cidentificar necesidades educativas\u201d<\/em>. Identificaci\u00f3n de necesidades educativas que, en teor\u00eda es competencia de los profesionales de la educaci\u00f3n, pues entran dentro del campo de la psicopedagog\u00eda y en general de las Ciencias de la Educaci\u00f3n (psic\u00f3logos educativos, orientadores, pedagogos, y hasta docentes). Ahora bien, dicho esto, \u00bfest\u00e1n los profesionales educativos preparados en su formaci\u00f3n y volici\u00f3n para reconocer las necesidades educativas de los alumnos con altas capacidades? Los resultados a fecha de hoy indican claramente que no. Pero la soluci\u00f3n no es que los psic\u00f3logos o psiquiatras invadan las competencias de los profesionales educativos, sino que colaboren con ellos para resolver los problemas cl\u00ednicos que puedan tener algunos escolares por una situaci\u00f3n de partida problem\u00e1tica, o por una deficiente atenci\u00f3n a las necesidades educativas de una mente m\u00e1s r\u00e1pida y\/o compleja. <strong>La soluci\u00f3n se fragua en la aceptaci\u00f3n por parte de los profesionales educativos de la informaci\u00f3n de los profesionales sanitarios, en lugar de cuestionarla por sistema. Y viceversa. <\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por desgracia, <strong>ni la mayor\u00eda de los profesionales sanitarios ni la mayor\u00eda de los profesionales educativos son expertos, ni tan siquiera especialistas, en altas capacidades intelectuales.<\/strong> Y no lo son s\u00f3lo por falta de formaci\u00f3n. Hay claros indicios de que <strong>lo que m\u00e1s abunda es una falta de voluntad<\/strong>. Por desgracia estamos habituados a encontrarnos con <strong>algunos <\/strong>maestros y profesores, de todos niveles y especialidades, que maltratan a este tipo de ni\u00f1os en lugar de gan\u00e1rselos como sus aliados en clase (parece absurdo que sea compatible ser maestro a la vez que necio, pero es un hecho real). Sabemos de orientadores que conf\u00edan en sus poderes clarividentes que les permiten juzgar a los ni\u00f1os y las familias con una recogida de datos de dos d\u00edas, descartando casos porque est\u00e1n buscando a clones de Ender Wiggins (si pod\u00e9is leed\u00a0<a title=\"El Juego de Ender\" href=\"https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/El_juego_de_Ender\" target=\"_blank\"><em> El Juego de Ender<\/em><\/a>) en lugar de a chicos y chicas con capacidades por encima de la media. Y tenemos tambi\u00e9n referencias de administradores educativos, con competencias de atenci\u00f3n a la diversidad en algunas comunidades, que comparten a la vez responsabilidades de poner en marcha programas de identificaci\u00f3n y atenci\u00f3n a los alumnos con altas capacidades, y una aut\u00e9ntica aversion por este colectivo y por sus familias. Ellos sabr\u00e1n por qu\u00e9.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tal vez quien haya le\u00eddo este ultimo p\u00e1rrafo pensar\u00e1 que he sido demasiado contundente o exagerado. Pero no encuentro otra explicaci\u00f3n a que unos administradores educativos hayan perdido una vez m\u00e1s la oportunidad de fomentar el desarrollo del talento en los centros educativos con una norma tan rancia como previsible. Volver al requisito del rendimiento excepcional como punto de partida para una atenci\u00f3n significativa sin tener el valor de definer qu\u00e9 entienden por rendimiento excepcional; no ser capaz de definir qu\u00e9 se entiende por alumnos por altas capacidades intelectuales; dejar a los maestros con el marr\u00f3n de decidir qui\u00e9n se merece una evaluaci\u00f3n psicopedag\u00f3gica y qui\u00e9n no, y a los padres con el \u00fanico recurso del pataleo; ningunear una vez m\u00e1s la responsabilidad de los padres en la educaci\u00f3n de sus hijos; abandonar a los alumnos m\u00e1s capaces hasta que son reconocidos oficialmente; no dar validez de partida a los informes externos de expertos en cuanto a la identificaci\u00f3n de un perfil de altas capacidades y en su caso de problemas derivados de falta de atenci\u00f3n a sus necesidades; y en definitiva, apostar por un modelo digital de identificaci\u00f3n de altas capacidades (si pasas el corte lo eres, y si no, no lo eres, como si de un interruptor de la luz se tratase), exigente, centrado exclusivamente en lo academico, pensado para un n\u00famero muy limitado de alumnos sin ning\u00fan tipo de problema socioemocional, de comportamiento exquisito, son algunos de los lastres con los que ha nacido esta norma. Lo dicho, una ocasion perdida.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfQu\u00e9 alternativa ten\u00edan los autores de la norma<\/strong> para adaptarse m\u00e1s a la realidad que nos van marcando los expertos? Bastar\u00eda con consultar el <a title=\"Blog de Javier Touron\" href=\"http:\/\/www.javiertouron.es\" target=\"_blank\"><strong>blog del profesor Javier Tour\u00f3n<\/strong><\/a>, entre otros. O si lo consideran ajeno a sus creencias, tal vez una consulta m\u00e1s apropiada: descargar y leer con detenimiento el ultimo n\u00famero de <a title=\"Revista de Educaci\u00f3n 368\" href=\"http:\/\/www.mecd.gob.es\/revista-de-educacion\/numeros-revista-educacion\/numeros-anteriores\/2015\/368.html\" target=\"_blank\"><strong>Revista de Educaci\u00f3n (368)<\/strong><\/a>, publicaci\u00f3n que unos d\u00edas atr\u00e1s hab\u00eda colgado en la web el Ministerio de Educaci\u00f3n espa\u00f1ol. S\u00ed, otros responsables educativos como ellos, de rango superior y ubicados en la misma ciudad. Tal vez, con estas lecturas previas se habr\u00edan pensado mucho mejor publicar una norma en la que repiten las mismas ideas obsoletas de hace 20 a\u00f1os.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para no alargar m\u00e1s esta entrada, prometo continuarla aportando qu\u00e9 l\u00edneas generales deber\u00edan tener en cuenta las normativas de las administraciones educativas en material de atenci\u00f3n a las necesidades educativas especificas para altas capacidades. Todo ello desde mi modesto punto de vista, claro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>QU\u00c9 DEBER\u00cdAN TENER EN CUENTA LAS NORMATIVAS SOBRE ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES (I) INTRODUCCI\u00d3N: OTRA OCASI\u00d3N PERDIDA. 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